miércoles, 30 de septiembre de 2009

TRIBUNAL INTERNACIONAL SOBRE LIBERTAD SINDICAL EN MÉXICO
(Octubre 26-28, Cd. de México)

CONVOCATORIA


México es una de las naciones donde más se viola lo establecido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre libertad sindical. La libertad de asociación es una condición indispensable para defender o mejorar otros aspectos vitales de las condiciones de trabajo y de vida de la gente, castigadas nuevamente por la crisis económica. Ante la falta de libertad sindical, y en consecuencia, también se vive una simulación en materia de contratación colectiva y una violación sistemática de lo establecido por la propia OIT al respecto en su convenio 98, mismo que ni siquiera ha sido ratificado por el gobierno mexicano.
La “sindicalización” corporativa, la corrupción, la represión, la existencia de bandas de golpeadores y pistoleros para disputarse contratos y controlar a los trabajadores, con la complicidad de las autoridades, es una realidad. Hasta hace apenas unos meses la Suprema Corte resolvió a favor del derecho de los trabajadores al voto secreto y sin coerción en los recuentos sindicales.
Además, la autonomía de los sindicatos auténticos es vulnerada constantemente por la intromisión abierta del estado. En general, el registro de sindicatos o reconocimiento de sus direcciones electas están sujetos a la mayor arbitrariedad de las autoridades laborales.
A las viejas prácticas se ha sumado en los últimos tiempos algo todavía más perverso: los sindicatos y contratos de protección patronal. Se trata de un negocio entre verdaderas mafias y empresas, incluyendo trasnacionales, que pactan “contratos” con “sindicatos” fantasmas con el desconocimiento absoluto de los trabajadores sobre su existencia y de sus supuestos dirigentes. Fenómenos como la expansión abusiva del “outsourcing” vulneran igualmente de manera cotidiana los derechos laborales y sindicales de las y los trabajadores.
Los trabajadores mexicanos deben atravesar un verdadero viacrucis para contar con un sindicato auténtico y casi nunca lo consiguen, perdiendo muchas veces su trabajo y arriesgando incluso su integridad física. En México, pues, no existe prácticamente el derecho de libre asociación sindical y contratación colectiva. Resulta entonces una cruel ironía y una simulación inadmisibles que el año pasado el gobierno mexicano haya sido admitido como integrante del Comité de Libertad Sindical de la OIT. En todo caso, debería estar más comprometido que nunca en respetar ese derecho.
Democratizar la vida laboral es indispensable para hablar en serio de democratización del país y de respeto a los derechos básicos en México.
Es por todas estas razones que se ha impuesto la necesidad de crear una instancia civil de peso internacional y de indiscutible calidad moral que juzgue y resuelva sobre este grave problema y, por tanto, los próximos días 26, 27 y 28 de octubre tendrá lugar en la Antigua Escuela de Jurisprudencia de la Ciudad de México la constitución y primera sesión del Tribunal Internacional sobre Libertad Sindical en México.
Por todo lo antes expuesto,
CONVOCAMOS
a los sindicatos, grupos organizados y en general a las y los trabajadores, a presentar aquellos casos en los que consideren existen violaciones a los principios legales de la libertad sindical, nacionales e internacionales, con la finalidad de que la información aportada sea entregada a los jueces integrantes del Tribunal, sea analizada por ellos y sirva como base para normar su criterio y fallo final.

PLAZOS GENERALES

El plazo para la presentación de casos quedará abierto a partir de la emisión de esta Convocatoria y se cerrará el viernes 5 de octubre de 2009 para los casos que serán presentados en las audiencias públicas que se celebrarán durante la primera sesión del Tribunal, la cual tendrá verificación los días 26, 27 y 28 de octubre de 2009 en la Antigua Escuela de Jurisprudencia de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, ubicada en la calle de San Ildefonso, Centro Histórico.
La información deberá ser entregada o enviada a las oficinas del Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical, ubicadas en Tabasco 262, interior 102, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, C. P. 06700, en México, Distrito Federal.
Se anexa un formato que debe servir de base para la presentación de los casos: se incluye en dos versiones: una para el apartado A y otra para el B, cada una con un instructivo para clarificar algunas preguntas.
Aunque no es un requisito indispensable, podrá haber una presentación oral de los casos ante el Grupo Acusador --responsable de integrar la causa y expedientes a ser presentados al Jurado--, lo que podrá llevarse a cabo a partir del 28 de septiembre, desde las 17 horas, previa cita.
Después de celebrada la primera sesión del Tribunal, se podrá enviar información sobre nuevos casos al mismo domicilio.
La segunda y última sesión del Tribunal, en la que emitirá su resolución final, se llevará a cabo del 28 al 30 de abril de 2010.

CONVOCANTES

Organizaciones internacionales: Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL), Federación Internacional del Transporte-Américas (ITF), Federación Internacional de Trabajadores de la Industria Metalúrgica (FITIM), Federación de Sindicatos de Holanda (FNV), Centro de Solidaridad de la AFL-CIO en México, Red de Solidaridad con las Maquiladoras (RMS-Canadá), Campaña Internacional contra los Contratos de Protección Patronal (CICPP)
Sindicatos mexicanos: Alianza de Tranviarios de México (ATM), Sindicato Minero Metalúrgico (SNTMMSC), Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), Unión de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTYPP), Secciones 3, 7 y 9 del SNTE-CNTE, Sindicato 20 de Noviembre de la UVM, Sindicato de Trabajadores de la Vidriera del Potosí, Sindicato de Trabajadores del CONALEP, Frente Auténtico del Trabajo (FAT), Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA), Sindicato Independiente de Trabajadores de la UAM (SITUAM), Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN)
Asociaciones mexicanas: Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), Unión de Juristas de México (UJM), profesores del Área Laboral y de Seguridad Social de la UAM Azcapotzalco, Área de Derechos Humanos de la UACM, profesores e investigadores del Área Jurídico Laboral de la UNAM, Red de Abogados Laboralistas, Centro de Reflexión y Acción Laboral (Cereal), Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (CILAS)

1 comentario:

  1. Estoy solicitando su amable visita a los sitios Web siguientes:

    http://constituyentecivil-mexico2010.blogspot.com
    http://gacetaconstituyente-mexico2010.blogspot.com

    Saludos.

    Alfredo Loredo.

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